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3,33620/12/2007

Él tiene prohibido viajar, ¿puede designar a alguien para que realice el Hayy en su nombre?

pregunta: 95068

¿Está permitido que yo realice el Hayy en nombre de mi hermano, ya que él tiene prohibido viajar debido a un caso ocurrido hace veinte años, y esa prohibición aún perdura hasta hoy? No sabemos hasta cuando tendrá efecto la prohibición, y él teme morir sin haber realizado el Hayy. Por favor, noten que este caso no está relacionado con el honor ni la confianza, más bien es un caso político en el que personas con influencias se encargaron de prevenir que el caso se resolviera aún cuando él es inocente, y Allah es Testigo de ello. Él tiene 56 años.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios, y paz y bendiciones sobre el Mensajero de Dios y su familia.

Alabado sea Allah. 

Mientras él tenga la esperanza de tener permitido viajar, y realizar el Hayy él mismo, no tiene la opción de designar a nadie para que lo realice en su nombre; más bien debe ser paciente y esperar, porque delegar esa obligación a alguien sólo está permitido para quien no puede hacerlo y no tiene esperanzas de que la causa que no se lo permite cese. 

Si se ordena que él muera antes de realizarlo, no habrá pecado en él porque estará justificado. En ese caso, el Hayy debe realizarse en su nombre y los gastos serán pagados con su patrimonio, o alguien deberá realizarlo por él voluntariamente.

Ibn Qudaamah (que Allah tenga piedad de él) dijo:

En conclusión: Si una persona posee las condiciones para que el Hayy sea obligatorio para ella, pero no puede hacerlo por alguna razón de la que no existe esperanza de que cese, como una enfermedad crónica, o de la que se sabe no habrá recuperación, o se encuentra físicamente débil y no puede sentarse firmemente salvo con una dificultad insoportable, o es anciano, si existe una persona que pueda realizar el Hayy por él, y él puede costear los gastos para enviar a esa persona en su nombre, él debe hacer esto. Ésta es la opinión de Abu Hanifah y al-Shaafi’i. Si una persona tiene una esperanza de recuperación o finalización de su enfermedad, etc., entonces no debe delegárselo a otro, esto no es válido. Ésta es la opinión de al-Shaafi’i. Esto es así porque existen esperanzas de que él lo pueda realizar por sí mismo, entonces no tiene el derecho a delegárselo a alguien más, y no será válido si lo hace. Esto es diferente al caso de la persona que no tiene esperanzas de recuperación, porque ella está completamente incapacitada y no tiene esperanzas de poder realizarlo, y además porque el texto habla de la realización del Hayy en nombre de un anciano que no tiene esperanzas de realizarlo. No se puede realizar ninguna analogía con esto, salvo en el caso del que se encuentra igual que él. Fin de cita extraída de al-Mughni (3/91). 

Su hermano se encuentra bajo las reglas del que está detenido o encerrado, como ha sido mencionado por Ibn Qudaamah (que Allah tenga piedad de él).

Y Allah sabe mejor.

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