La definición de ser capaz de concurrir a la peregrinación mayor obligatoria es tener la salud para realizarla físicamente, y tener los medios económicos para viajar a la Casa Sagrada de Dios, ya sea en avión, automóvil, montando, o tener el dinero para pagar algún otro medio de transporte; y la persona debe tener provisión suficiente para el viaje de ida y de vuelta. Esto debe ser un excedente que tenga por sobre sus obligaciones económicas para sus gastos y el gasto de aquellos que están bajo su responsabilidad, o hasta que vuelva de su peregrinación. La mujer también necesita ser acompañada por su marido o un pariente varón cuando viaja, ya sea que haga la peregrinación mayor o menor.
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4,25712/Dhu al-Qi'dah/1433 , 28/septiembre/2012
¿Qué implica ser capaz de realizar la peregrinación mayor?
pregunta: 5261
¿Qué implica ser capaz de realizar la peregrinación mayor?
Texto de la respuesta
Las alabanzas sean todas para Al-lah y que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con Su Mensajero:
Origen:
De Fatáwa al-Láynah ad-Dá'imah, Kitab al-Hách wa al-‘Umrah wa az-Ziyárah, página 17